Ya rigen los beneficios impositivos por la Emergencia Económica en Colonia Caroya

02/06/2020 | COLONIA CAROYA |

Desde ayer, entró en vigencia la ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante de la ciudad que declara la Emergencia Económica, Financiera, y Administrativa que incluye una serie de beneficios destinados principalmente al sector comercial e industrial. Eximición de tasas y planes de pagos los principales puntos.

Foto: Diario El Despertador
Foto: Diario El Despertador

El Intendente Municipal, Dr. Gustavo Brandán, promulgó y reglamentó la Ordenanza  2339/20 de Emergencia Económica, Financiera y  Administrativa que incluye un paquete de beneficios para el sector comercial e Industrial.

Las medidas entran en vigencia desde el primer día de junio.

Abarca a los “Emprendimientos Afectados”, que incluye a todas las personas humanas y/o jurídicas que inscriptas en la Tasa comercial e industrial de la Municipalidad de Colonia Caroya, se hayan visto imposibilitados de explotar su actividad, en las diferentes etapas del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

Beneficios.

Pequeños Contribuyentes: Serán eximidos del pago de la Tasa Comercial del periodo 04/2020 y 05/2020 quienes estén comprendidos en el Régimen Simplificado, Ley Nacional N° 25.865, siempre que sus actividades no hayan estado exceptuadas del aislamiento. 

Deberán completar un formulario en carácter de Declaración Jurada y acompañar el comprobante de pago de monotributo (requisito  obligatorio), a fin de verificar el pago de la contribución municipal, generando la  Municipalidad un “Certificado de Crédito Fiscal”, que el contribuyente podrá utilizar para el pago de otras tasas, contribuciones y/o multas municipales. 

Responsables Inscriptos: Serán eximidos del pago mínimo de la tasa Comercial periodo 04/2020 y 05/2020, siempre que sus actividades no hayan estado exceptuadas del aislamiento, y la Declaración Jurada de facturación bruta de los meses mencionados sea igual a cero (0). Para lo cual deberán acompañar DDJJ y formularios requeridos por Ordenanza General Tarifaria.   

Accederán al pago del mínimo de  Tasa comercial e Industrial, cuando la facturación bruta de los meses de abril y mayo, no superen el  20% de la Declaración Jurada correspondiente al mes de febrero 2020. 

  La inscripción en el Registro de "Emprendimientos Afectados" se realiza desde el 1 de junio de 2020, en el Área de Comercio de la Municipalidad. 

Los interesados deberán acudir al Municipio con los requisitos aquí exigidos y previo turno al 461121 o por mail a comercioeindustria@coloniacaroya.gov.ar . 

Otros beneficios impositivos.

• Planes de Pago especial:  para todos los contribuyentes inscriptos en Tasa Comercial e Industrial y que al 31/12/2019, tengan deudas con el municipio podrán acceder a los siguientes planes de pago: 

1. Pago de contado: con la reducción del 100 % de los intereses resarcitorios. 

2. Pago en hasta 6 cuotas: con la reducción del 50 % de los intereses resarcitorios, y sin interés de financiación. 

3. Pago entre 7 y 18 cuotas: sin interés de financiación.  

En este caso también se deberá completar un formulario cuyo plazo de vigencia es el 30 de junio de 2020. 

• Cese de Actividad: para todos los contribuyentes inscriptos en Tasa Comercial e Industrial que deban cerrar sus comercios de manera definitiva, en el marco de la Emergencia económica, estarán eximidos del pago de la Tasa Administrativa por cese de actividad, y podrán acceder a un plan de pago especial por las deudas generadas con anterioridad a marzo de 2020, de hasta en 12 cuotas sin interés de financiación. 

Por suspensión de actividad: Se exime del pago de la Tasa Comercial e Industrial, así mismo del pago de Tasas Administrativas, a aquellos comercios, cuyas actividades se encuentren suspendidas con motivo del Aislamiento, Social, Preventivo y Obligatorio, extendiéndose dicho beneficio hasta la reapertura de la actividad.

Por Nuevo Emprendimiento: Todo nuevo emprendimiento comercial que pretenda instalarse dentro del Ejido Municipal (Pequeños contribuyentes), hasta el 31 de diciembre del corriente, estarán eximidos del pago de las tres primeras cuotas de la Tasa Comercial, y desde la publicación de la presente   al iniciar la inscripción en el área de comercio, se los exceptuara del pago de la Tasa Administrativa de Inscripción. 

Beneficios para todos los contribuyentes.

En beneficio de todos los contribuyentes, la Municipalidad ha otorgado el siguiente beneficio: 

Suspender hasta el día 30 de junio de 2020, el cobro de recargos de Tasas y Contribuciones municipales cuyo vencimiento haya operado a partir del día 20 de marzo de 2020.


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